El Tribunal Superior de Justicia valida ordenanza de residuos para aplicar Ley 7/22

La Sección 3 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) ha desestimado un recurso interpuesto por los concejales del grupo municipal Esquerra Unida-Unides Podem del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig contra la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida, transferencia y tratamiento de residuos sólidos urbanos. La sentencia favorece el cálculo minucioso de las tarifas, la división del municipio en zonas homogéneas según el valor catastral, y la consideración de la capacidad económica de los contribuyentes. Además, se ha validado la tasa diferenciada para establecimientos con actividades económicas, así como las cuotas aplicadas a zonas específicas.

En otro procedimiento relacionado con la misma ordenanza, iniciado por el grupo socialista municipal, el tribunal ha aceptado la necesidad de disponer de un informe de impacto de género, el cual ya ha sido incorporado a la ordenanza en vigor desde principios de 2026. Los servicios técnicos analizarán el fallo, estimando que podría afectar al 0,35% de los recibos emitidos en 2025 con la ordenanza anterior, especialmente aquellos que presentaron recursos pendientes de resolución.

Gestión Tributaria ha aclarado que la ordenanza actual incluye tanto el informe de impacto de género como el de familia e infancia, aunque este último no era obligatorio según el fallo del TSJ. La sentencia también condena al recurrente al pago de las costas del proceso, resaltando la importancia de seguir procedimientos legales y objetivos en la regulación de tasas municipales.
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Pablo Arranz

Por Pablo Arranz

Soy Pablo Arranz, licenciado en ADE por la Universidad Complutense y con un máster en Dirección de Personas y Desarrollo Organizativo por ESIC. Me interesan el networking y el social media, y enfoco mi desarrollo profesional en la gestión del talento y la transformación organizativa.

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